El Ejecutivo Nacional llevará a efecto las fiscalizaciones y exámenes tendientes a la verificación de la existencia física de los bienes expropiados por la Nación, así como de su estado de conservación y mantenimiento, dentro de un lapso que no excederá de tres años, contados a partir de la recepción de dichos bienes.
LOQREICH
mercantil
Artículo 20