LORM

especial

Artículo 24

Artículo 24LORM

Los distritos metropolitanos son entidades de carácter público formadas por la agrupación de dos o más municipios en razón de la conurbación de sus centros urbanos capitales, en forma tal que han llegado a constituir una unidad urbana económica y social con más de doscientos cincuenta mil (250.000) habitantes.