Las mancomunidades tendrán personalidad jurídica propia y no podrán comprometer a los municipios que las integren, más allá de los límites señalados en el estatuto respectivo.
especial
Las mancomunidades tendrán personalidad jurídica propia y no podrán comprometer a los municipios que las integren, más allá de los límites señalados en el estatuto respectivo.