LORM

especial

Artículo 40

Artículo 40LORM

Se entenderán cumplidas las obligaciones mínimas cuando el servicio se preste en condiciones de eficiencia y continuidad, capaces de satisfacer en todo momento las necesidades normales de la respectiva comunidad, bien sea prestado por el municipio o por otros organismos o entidades. Los municipios podrán convenir con los organismos nacionales o estadales, el estudio y ejecución de obras y la prestación de servicios, para que en la entidad local sea efectiva la satisfacción de las obligaciones mínimas señaladas en el