La presente Ley entrará en vigencia en la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial. Dada, firmada y sellada en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas a los trece días del mes de septiembre de dos mil uno. Año 191° de la Independencia y 142° de la Federación. Willian Lara Presidente Leopoldo Puchi Primer Vicepresidente Gerardo Saer Pérez Segundo Vicepresidente Eustoquio Contreras Secretario Vladimir Villegas Subsecretario