El monto de los derechos y aranceles causados por cada actuación consular será fijado por el Ejecutivo Nacional hasta los límites siguientes: 1. Por verificar documentos de origen, sanidad animal o vegetal, antigüedad o envejecimiento, hasta noventa dólares de los Estados Unidos de América (US $ 90). 2. Por el registro y la expedición de copias certificadas de protestas presentadas por los Capitanes de Naves, hasta mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América (US $ 1.500). 3. Por otorgamiento de pasavante previsto en la ley de navegación, hasta dos mil doscientos cincuenta dólares de los Estados Unidos de América (US $ 2.250). 4. Por la expedición de copias certificadas adicionales, del otorgamiento o renovación de un poder, hasta cien dólares de los Estados Unidos de América (US $ 100). 5. Por presenciar el otorgamiento o revocación de un poder, insertarlo en el libro de registro y expedir la certificación correspondiente, hasta trescientos dólares de los Estados Unidos de América (US $ 300). 6. Por el registro en el libro correspondiente de un testamento y extender la certificación pertinente hasta ciento cincuenta dólares de los Estados Unidos de América (US $ 150), 7. Por presenciar la celebración de contratos, insertarlos en el libro de registro y expedir la certificación correspondiente, hasta setecientos cincuenta dólares de los Estados Unidos de América (US $ 750). 8. Por la expedición de copias certificadas adicionales de las partidas de nacimiento, hasta quince dólares de los Estados Unidos de América (US $ 15), 9. Por la legalización de la firma que autorice una partida de nacimiento, una partida de matrimonio celebrado en el extranjero o una partida de defunción, hasta treinta dólares de los Estados Unidos de América (US $ 30). 10. Por la expedición de pasaportes ordinarios de ciudadanos venezolanos, hasta ciento veinte dólares de los Estados Unidos de América (US $ 120). 11. Por la expedición de pasaportes de emergencia con validez limitada a los ciudadanos extranjeros, hasta treinta dólares de los Estados Unidos de América (US $ 30). 12. Por el otorgamiento de visas de ingreso, salvo aquellos casos en que existan convenios, tratados o acuerdos internacionales, hasta sesenta dólares de los Estados Unidos de América (US $ 60). 13. Por cualquier otra declaración o actuación que le atribuyan .las leyes y reglamentos, hasta sesenta dólares de los Estados Unidos de América (US $ 60).