Los particulares nacionales o extranjeros y los funcionarios públicos que se negaren a suministrar informaciones que afecten la seguridad y defensa del país y a los cuales se refiere el artículo 8º de esta Ley, o que las dieren falsas, según libre apreciación del Juez, serán penados con prisión de 1 a 2 años en el caso de los particulares, y de 2 a 4 años en el caso de los funcionarios públicos.