Toda persona que no dé cumplimiento a la disposición contenida en el artículo 29 de esta Ley, declarado que haya sido el estado de emergencia, será penado con prisión de 1 a 2 años.
penal
Toda persona que no dé cumplimiento a la disposición contenida en el artículo 29 de esta Ley, declarado que haya sido el estado de emergencia, será penado con prisión de 1 a 2 años.