Se derogan todas las disposiciones que se opongan a la presente Ley. Dada, firmada y sellada en el Palacio Federal Legislativo, en Caracas, a los dieciocho días del mes de agosto de mil novecientos setenta y seis. Años 167° de la Independencia y 118° de la Federación. El Presidente, (L. S.) Gonzalo Barrios El Vicepresidente, Oswaldo Álvarez Paz Los Secretarios, Andrés Eloy Blanco Leonor Mirabal M. Palacio de Miraflores, en Caracas, a los veintiséis días del mes de agosto de mil novecientos setenta y seis. Años 167° de la Independencia y 118° de la Federación. Cúmplase. (L.S.) Carlos Andrés Pérez Presidente