LOSEP

tributario

Artículo 27

Artículo 27LOSEP

Los odontólogos sólo podrán prescribir los medicamentos que contengan las sustancias estupefacientes y psicotrópicas que, mediante resolución, determine el Ministerio de Sanidad y Asistencia Social como de uso odontológico. Para el caso de médicos veterinarios, éstos podrán prescribir los medicamentos que contengan las sustancias a que se refiere esta Ley que sólo son utilizados en medicina veterinaria y, para ello, deberá figurar en los récipes, además de los requisitos y datos establecidos en el