LOSEP

tributario

Artículo 50

Artículo 50LOSEP

El Oficial, Sub-Oficial Profesional de Carrera y la Tropa Profesional que, durante el cumplimiento de un acto de servicio, consuman indebidamente sustancias estupefacientes o psicotrópicas, serán penados con prisión de dos (2) a seis (6) años. Si el mismo delito se comete en campaña, la pena se duplicará. El delito antes señalado será de la competencia de la jurisdicción militar y se aplicará el procedimiento establecido en el Código de Justicia Militar, con los medios probatorios y el sistema de valoración de las pruebas establecidos en esta Ley.