El Estado y las empresas privadas no podrán rechazar a los sujetos rehabilitados y socialmente readaptados cuando procuren ante ellos ubicación laboral, siempre y cuando cumplan los requisitos requeridos por el empleador en su oferta.
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El Estado y las empresas privadas no podrán rechazar a los sujetos rehabilitados y socialmente readaptados cuando procuren ante ellos ubicación laboral, siempre y cuando cumplan los requisitos requeridos por el empleador en su oferta.