Son atribuciones del Superintendente de Seguridad Social: 1. Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar el financiamiento de la Superintendencia de Seguridad Social. 2. Informar a la máxima autoridad del organismo de adscripción acerca de las irregularidades detectadas en los órganos y entes administradores de los recursos financieros de la Superintendencia de Seguridad Social. 3. Ejercer la representación de la Superintendencia. 4. Nombrar y remover al personal de la Superintendencia. 5. Orientar las acciones de la Superintendencia de Seguridad Social, así como los planes y programas a cumplir en cada ejercicio fiscal. 6. Velar por la supervisión y control de los recursos financieros de los regímenes prestacionales que integran la Superintendencia de Seguridad Social. 7. Mantener canales de comunicación con el organismo de adscripción mediante puntos de cuenta, informes y reuniones. 8. Conformar y aprobar información administrativa, financiera y contable, requerido a los administradores de fondos y recursos del Sistema de Seguridad Social. 9. Ejercer las demás atribuciones que señale la ley o le sean delegadas por el organismo de adscripción. Patrimonio y fuentes de ingreso