Dicha junta deberá celebrar sesiones ordinarias dos veces al mes, por lo menos, y extraordinarias cuando fuese necesario; y elegirá y removerá libremente un Secretario, de fuera de su seno.
especial
Dicha junta deberá celebrar sesiones ordinarias dos veces al mes, por lo menos, y extraordinarias cuando fuese necesario; y elegirá y removerá libremente un Secretario, de fuera de su seno.