La Dirección Ejecutiva de la Magistratura tendrá una Coordinación General, integrada por tres (3) miembros, quienes serán de libre nombramiento y remoción del Director Ejecutivo de la Magistratura. Uno de los miembros se desempeñará como Coordinador o Coordinadora General, el cual será responsable de la organización y ejecución de la acción institucional, así como de la supervisión de los diferentes procesos de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura. La Coordinación General tendrá las siguientes atribuciones: 1. Ejercer la supervisión de los órganos de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura. 2. Coordinar la gestión operativa diaria de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, bajo los lineamientos del Director Ejecutivo de la Magistratura. 3. Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias de la Coordinación General. 4. Coordinar la elaboración de la Memoria y Cuenta de las actividades realizadas por la Dirección Ejecutiva de la Magistratura. 5. Expedir copias certificadas, de acuerdo con las formalidades previstas en la ley. 6. Cualesquiera otras que le asignen el Director o Directora Ejecutivo de la Magistratura o el Reglamento Interno de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.