LOTSJ

especial

Artículo 17

Artículo 17LOTSJ

La Inspectoría General de Tribunales y la Escuela Nacional de la Magistratura son órganos dependientes jerárquica, organizativa y funcionalmente de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. La Inspectoría General de Tribunales es una unidad dirigida por el Inspector General de Tribunales, el cual será de libre nombramiento y remoción de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. La Inspectoría General de Tribunales tendrá como función esencial inspeccionar y vigilar, por órgano del Tribunal Supremo de Justicia, a los tribunales de la República de conformidad con la ley. La Escuela Nacional de la Magistratura es el centro de formación de los jueces y de los demás servidores del Poder Judicial, conforme a las políticas dictadas por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. Esta institución debe cumplir la función esencial e indelegable de profesionalización de los jueces, mediante la formación y capacitación continua de lo que debe ser el nuevo juez o jueza venezolano, para lo cual mantendrá estrechas relaciones con las universidades del país y demás centros de formación académica. Las políticas, organización y funcionamiento de la Escuela Nacional de la Magistratura, así como sus orientaciones académicas, corresponderán al Tribunal Supremo de Justicia.