LOTTT

laboral

Artículo 38

Trabajador o trabajadora de inspección y trabajador o trabajadora de vigilancia

Se entiende por trabajador o trabajadora de ins pección quien tenga a su cargo la revisión del trabajo de otros trabajadores o de otras trabajadoras. Se entiende por trabajador o trabajadora de vigilancia, quien tenga a su cargo el resguardo, la custodia y seguridad de bienes.