LOTTT

laboral

Artículo 97

Protección de la familia y el ingreso

Para la protección del ingreso familiar, el Estado en corresponsabilidad con la sociedad y las organizaciones del Poder Popular garantizará la salud y la educación públicas y gratuitas; tomará las medidas necesarias y formulará las po líticas tendentes a mejorar las condiciones de las familias y a fortalecer su ingreso.