LOTTT

laboral

Artículo 98

Derecho al salario

Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un sa lario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades materiales, sociales e intelectuales. El salario goza de la protección especial del Estado y constituye un crédito laboral de exigibilidad inmediata. Toda mora en su pago genera intereses.