Re3b70~1

especial

Artículo 27

Artículo 27Re3b70~1

En un lapso no mayor de un (1) año, contados a partir de la celebración del Acuerdo Previo, la Comisión Mixta prevista en el artículo anterior presentará a los Ejecutivos Nacional y Estadal el Proyecto de Proyecto de Programa de Transferencia del Servicio.