Re3b70~1

especial

Artículo 28

Artículo 28Re3b70~1

Una vez que el Proyecto del Programa de Transferencia sea aprobado por las partes, se procederá según lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley de la materia, según sea el caso, y de acuerdo con lo establecido en el Título I del presente Reglamento.