La Caja de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Depósito, se obliga a practicar los actos necesarios para la conservación de los derechos que los Valores depositados confieran a sus titulares, estando facultada para hacer efectivos los derechos patrimoniales que deriven de esos Valores, pudiendo en consecuencia llevar a cabo el cobro de dividendos, amortizaciones, intereses y otros conceptos patrimoniales, durante el tiempo en que los Valores se encuentren depositados.