Por razones de simplicidad, en el presente Reglamento Interno se entenderá por: • Ley: A la Ley de Cajas de Valores vigente. • La Caja: A la sociedad anónima denominada C.V.V. Caja Venezolana de Valores. • Bolsa (S): A cualquiera de las Bolsas de Valores autorizadas para realizar actividades en el país. • Emisor: A la persona jurídica nacional o extranjera, que emita valores objeto de depósito en La Caja. • Banco Central: Al Banco Central de Venezuela. • Valores: A las acciones, obligaciones, y demás títulos objeto de oferta pública. • Depositante: A las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que hayan celebrado el Contrato de Depósito con La Caja. • Banco Custodio: A los Bancos e Instituciones Financieras que guarden y custodien físicamente los Valores depositados en La Caja. • Contrato De Depósito: Al contrato que suscriben el Depositante y La Caja para formalizar la prestación de servicios sobre los valores objeto del depósito. • Título Único O Macrotítulo: Al documento físico que representa la totalidad o porcentaje de una serie única emitida por un Emisor • Cuentas de Valores: A las cuentas que son abiertas por La Caja en su Sistema a favor de cada Depositante, con la finalidad de abonar y cargar los Valores producto de las operaciones de depósito, retiro y transferencia ordenadas por el Depositante, así como todas aquellas operaciones autorizadas conforme el correspondiente Contrato de Depósito y el presente Reglamento Interno. • Subcuentas de Valores: A las cuentas que son abiertas por La Caja en su Sistema, de acuerdo a la notificación que haga el Depositante a La Caja, con la finalidad de abonar y cargar los Valores producto de las operaciones de depósito, retiro y transferencia ordenadas por el Depositante, así como todas aquellas operaciones autorizadas conforme el correspondiente Contrato de Depósito y el presente Reglamento Interno. • Cuenta de Fondos: A la cuenta de fondos abierta por La Caja en sus sistemas a favor del Depositante, en la cual ésta realizará a los fines de la compensación y liquidación de fondos, los abonos y cargos correspondientes a las operaciones y comisiones autorizadas, de conformidad con el Contrato de Depósito y el presente Reglamento Interno. • Sistema: Al Sistema de depósito, custodia, transferencia, compensación y liquidación de Valores, operado por La Caja.