La compensación y liquidación de las órdenes de transferencia se realizará siempre en días hábiles bancarios. De las Constancias no Negociables y de las Cartas Poderes De las Constancias No Negociables
especial
La compensación y liquidación de las órdenes de transferencia se realizará siempre en días hábiles bancarios. De las Constancias no Negociables y de las Cartas Poderes De las Constancias No Negociables