RICVV

especial

Artículo 43

Artículo 43RICVV

La Caja proporcionará a los usuarios claves confidenciales de identificación y de acceso para el uso de los Sistemas, las cuales son el único mecanismo válido para que el Depositante y las personas autorizadas, puedan activar y operar en el Sistema. Dichas claves son personales, intransferibles y secretas. El riesgo y la responsabilidad de las correspondientes claves confidenciales de identificación y acceso, son del Depositante que las haya solicitado, desde el mismo momento que las reciba de La Caja, por sí o por medio de personas autorizadas Los usuarios del Sistema están obligados a cambiar la clave de acceso previamente asignada por La Caja, en la primera ocasión en que la utilicen, así como a modificarla mensualmente.