RICVV

especial

Artículo 46

Artículo 46RICVV

La Caja no será responsable por los daños y perjuicios, incluso financieros, que se pudieran causar a los Depositantes o a terceros, cuando por caso fortuito o fuerza mayor no pueda proporcionar sus servicios a través de los Sistemas. En tales casos, los Depositantes se obligan a cumplir con los procedimientos de contingencia que a tales efectos señale La Caja.