RINHMA

especial

Artículo 18

Artículo 18RINHMA

Los inventos Judiciales solemnes causaran honorarios mínimos sobre el valor del activo conforme a la siguiente tarifa acumulativa: a) Hasta Bs. 100.000,oo Bs. 50.000,oo b) De Bs. 100.001,oo hasta Bs. 500.000,oo Bs. 200.000,oo c) De Bs. 500,001,oo en adelante se calculara en base al 3%