La Junta Directiva de los Colegios de Abogados queda encargada del cumplimiento estricto de lo dispuesto en este Reglamento y están autorizadas para resolver cualquier duda que pueda suscitar su aplicación. Así mismo, están obligadas a distribuir el Reglamento Interno Nacional de Honorarios Mínimos entre los abogados, a objeto de su aplicación.