RLOAFSPST

administrativo

Artículo 12

Artículo 12RLOAFSPST

El servicio de tesorería será prestado por medio de una oficina central ubicada en Caracas, por las agencias que establezca el Ministerio de Finanzas y por las entidades auxiliares con las que se convenga su incorporación al servicio. Igualmente formarán parte del misma, las demás dependencias públicas que tengan a su cargo la recepción e inversión de fondos nacionales. Creación de agencias