Los importes recaudados o recibidos correspondientes a ingresos con afectación específica de los distintos organismos de la República, ingresarán ala Cuenta Única del Tesoro Nacional pero deberán registrarse como tales, con el objeto de asegurar que sean destinados para el fin al cual fueron afectados. Instrumentos para la disposición de fondos
RLOAFSPST
administrativo
Artículo 29