RLORPAAFF

administrativo

Artículo 14

Artículo 14RLORPAAFF

Los fondos destinados a pagar sueldos y sus compensaciones, primas, salarios, remuneraciones especiales y gastos de representación, deben colocarse a nombre de los Administradores de las Unidades Básicas y Jefes de las Unidades Operativas, mediante órdenes de avance imputadas a las partidas. Dichos funcionarios serán responsables de efectuar los pagos a los beneficiarios. Los referidos conceptos de gastos, a los efectos de este Reglamento, se denominan remuneraciones de personal.