RLORPAAFF

administrativo

Artículo 34

Artículo 34RLORPAAFF

Al finalizar el semestre siguiente al ejercicio presupuestario, los funcionarios responsables del manejo de fondos en avance, deben preparar una relación de los compromisos válidamente adquiridos durante el ejercicio presupuestario y pendientes de pago para esa fecha, y reintegrar al Tesoro Nacional el remanente de los fondos en avance que para esa fecha estén en su poder.