Corresponde a la Oficina dé Inspección y Supervisión: 1. Velar por el cumplimiento de la ejecución de programas y proyectos de infraestructura. 2. Supervisar y controlar el avance de las obras en ejecución. 3. Velar porque las obras que ejecuta el Ministerio cumplan con las normas y especificaciones técnicas establecidas, y se lleven a cabo los debidos controles de calidad. 4. Las demás funciones que le señalen las leyes, reglamentos, resoluciones y demás actos normativos. El titular del cargo tendrá rango de Director General.