La Oficina de Financiamiento Multilateral estará a cargo del Director General de Financiamiento Multilateral, y le corresponderá: a. Identificar, clasificar y cuantificar las posibles fuentes de financiamiento externo para apoyar la ejecución de proyectos prioritarios para el desarrollo económico, social y regional del país. b. Orientar y asesorar a potenciales prestatarios en la formulación de solicitudes de crédito ante los organismos financieros internacionales. c. Participar conjuntamente con el Ministerio de Finanzas y organismo prestatario en la negociación de los términos condiciones del borrador del Contrato de Préstamo y sus anexos normativos. d. Efectuar el seguimiento y control de los préstamos aprobados por la banca multilateral, y mantener un sistema de seguimiento y evaluación del avance físico financiero de los proyectos financiados por la banca multilateral e. Las demás atribuciones que le señalen los reglamentos, resoluciones, o le ordene el Ministro de Planificación y Desarrollo.