El Despacho del Vice Ministro de Planificación y Desarrollo Económica estará a cargo del Vice Ministro respectivo, quien actuará de conformidad con las atribuciones establecidas en el Decreto con Rango y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Central. Le corresponderá, además: a. Formular las políticas, estrategias y planes de desarrollo económico y social de la Nación, tanto en el corto como en el mediano plazo, y preparar proyecciones y alternativas. b. Efectuar el seguimiento y evaluar las políticas y planes de desarrollo económico y el Plan Operativo Anual. c. Analizar los efectos de la aplicación de las políticas y estrategias de desarrollo económico en los diferentes sectores de la actividad nacional. d. Velar por la coherencia y compatibilidad de las políticas de cada uno de los sectores de actividad gubernamental con las políticas rnacroeconómicas. e. Velar por la coherencia y compatibilidad de las políticas y estrategias de desarrollo económico con las políticas y estrategias de desarrollo social. f. Establecer los lineamientos y participar en la formulación de la política de empleo y en el análisis, evaluación y seguimiento del mercado laboral. g. Establecer los lineamientos y participar en la formulación de planes y políticas en sectores productivos, en el comercio, la tecnología y en los sectores sociales. h. Establecer ¡as prioridades de inversión social y evaluar las políticas, programas y proyectos de inversión social. i. Identificar las alternativa, de recursos crediticios provenientes de los entes de financiamiento externo, aplicables al desarrollo económico y social del país. j. Decidir sobre los asuntos que por delegación le confíe el Ministro de Planificación y Desarrollo y ejercer las funciones que le señalen las leyes, reglamentos y resoluciones.