RPLFSAR

ambiental

Artículo 13

Artículo 13RPLFSAR

El incumplimiento a las anteriores disposiciones por parte de los beneficiarios de los permisos o autorizaciones, será sancionado conforme a lo previsto en la Ley Forestal de Suelos y de Aguas y demás disposiciones legales pertinentes. Dado en Caracas, a los cinco días del mes de junio de mil novecientos noventa y uno.