Ratio Decidendi / Doctrina Aplicable
"Asunto/Partes: La ciudadana TATJANA MALDONADO PERERA, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.410.779, en el carácter de propietaria del apartamento Nro. 0702, ubicado en la escalera Nro. 2, Edificio Bloque 4, Unidad de Desarrollo 5 (UD5), situado en la Urbanización La Hacienda, Parroquia Caricuao del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, asistida por el abogado Ramón Alberto Omaña, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 332.987, interpuso recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral realizado en Asamblea General de Copropietarios de fecha 14 de agosto de 2026 por parte de la Junta de condominio del referido inmueble.. La Sala Declaró: 1.- DECLARA SU COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por la ciudadana Tatjana Maldonado Perera, anteriormente identificada, en su alegada condición de propietaria del apartamento N° 0702, ubicado en la Escalera N° 2, Edificio Bloque 4 Unidad de Desarrollo 5 (UD5), situado en la Urbanización La Hacienda, Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital, asistida por el abogado Ramón Alberto Omaña, supra identificado, contra el proceso electoral realizado por la Asamblea General de Copropietarios en fecha 14 de agosto de 2026, mediante el cual se eligieron los nuevos miembros de la Junta de Condominio del referido edificio. 2.- ORDENA a la parte recurrente, que en un lapso de tres (3) días hábiles de despacho siguientes a su notificación, indique con total claridad y sin lugar a equívocos, la descripción de las situaciones fácticas concretas de materia electoral que pretende atacar con el presente recurso, determinando con precisión el objeto de la presente demanda y, de igual forma se le insta a consignar los elementos que sustenten sus afirmaciones."
La Sala Declaró: 1.- DECLARA SU COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por la ciudadana Tatjana Maldonado Perera, anteriormente identificada, en su alegada condición de propietaria del apartamento N° 0702, ubicado en la Escalera N° 2, Edificio Bloque 4 Unidad de Desarrollo 5 (UD5), situado en la Urbanización La Hacienda, Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital, asistida por el abogado Ramón Alberto Omaña, supra identificado, contra el proceso electoral realizado por la Asamblea General de Copropietarios en fecha 14 de agosto de 2026, mediante el cual se eligieron los nuevos miembros de la Junta de Condominio del referido edificio. 2.- ORDENA a la parte recurrente, que en un lapso de tres (3) días hábiles de despacho siguientes a su notificación, indique con total claridad y sin lugar a equívocos, la descripción de las situaciones fácticas concretas de materia electoral que pretende atacar con el presente recurso, determinando con precisión el objeto de la presente demanda y, de igual forma se le insta a consignar los elementos que sustenten sus afirmaciones.