Ratio Decidendi / Doctrina Aplicable
"Asunto/Partes: El abogado Alejandro García Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.150, apoderado judicial de los ciudadanas MÓNICA DEL CARMEN RODRÍGUEZ RANGEL y EDDYMAR MENESSES TAVIO, titulares de las cédula de identidad números: V-6.518.073 y V-8.789.796, respectivamente, en el alegado carácter de propietarias de inmuebles ubicados en la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte del Municipio Brión del estado Miranda, (parte recurrente), mediante el cual solicitó "medida cautelar innominada de nombramiento de Junta Ad Hoc", se acuerda abrir cuaderno separado para la tramitación de la referida solicitud, el cual se iniciará con la copia certificada del presente auto.. La Sala Declaró: 1.- PROCEDENTE la solicitud formulada por el abogado Alejandro García Pérez, actuando con el carácter de apoderado judicial de las ciudadanas MÓNICA DEL CARMEN RODRÍGUEZ RANGEL y EDDYMAR MENESES TAVIO, todos suficientemente identificados, atinente a la declaratoria de desacato de la sentencia Nro. 44 de fecha 29 de abril de 2026, dictada por esta Sala Electoral. 2.- LA SUSPENSIÓN TEMPORAL de los integrantes actuales de la Junta Directiva de la Asociación Civil de Propietarios y Residentes de la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, Avenida los Canales Norte (Asocibal Norte), conformada por los ciudadanos VÍCTOR EFRAÍN GONZÁLEZ ABREU -Presidente-, MARINA DE GAZZOTTI -Vicepresidenta-; y LUIS GONZÁLEZ MORALES -Tesorero-, antes identificados. 3.- El NOMBRAMIENTO DE UNA JUNTA DIRECTIVA AD HOC, integrada por los ciudadanos: JUAN CARLOS DUGARTE PADRÓN, en el cargo de Presidente Provisional; JOANNA ORAA MALTESE, en el cargo de Vicepresidenta Provisional; y ROBERTO DA SILVA, en el cargo de Tesorero Provisional, ADVIRTIÉNDOLES que su mandato se encuentra limitado de forma exclusiva a la realización de actos de simple administración para la conservación..."
La Sala Declaró: 1.- PROCEDENTE la solicitud formulada por el abogado Alejandro García Pérez, actuando con el carácter de apoderado judicial de las ciudadanas MÓNICA DEL CARMEN RODRÍGUEZ RANGEL y EDDYMAR MENESES TAVIO, todos suficientemente identificados, atinente a la declaratoria de desacato de la sentencia Nro. 44 de fecha 29 de abril de 2026, dictada por esta Sala Electoral. 2.- LA SUSPENSIÓN TEMPORAL de los integrantes actuales de la Junta Directiva de la Asociación Civil de Propietarios y Residentes de la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, Avenida los Canales Norte (Asocibal Norte), conformada por los ciudadanos VÍCTOR EFRAÍN GONZÁLEZ ABREU -Presidente-, MARINA DE GAZZOTTI -Vicepresidenta-; y LUIS GONZÁLEZ MORALES -Tesorero-, antes identificados. 3.- El NOMBRAMIENTO DE UNA JUNTA DIRECTIVA AD HOC, integrada por los ciudadanos: JUAN CARLOS DUGARTE PADRÓN, en el cargo de Presidente Provisional; JOANNA ORAA MALTESE, en el cargo de Vicepresidenta Provisional; y ROBERTO DA SILVA, en el cargo de Tesorero Provisional, ADVIRTIÉNDOLES que su mandato se encuentra limitado de forma exclusiva a la realización de actos de simple administración para la conservación del patrimonio de la Asociación Civil de autos, hasta que se dicte la sentencia definitiva en esta causa. De igual modo, en aras de garantizar la máxima transparencia en el ejercicio del cargo, se ORDENA a la Junta Directiva Ad Hoc designada, la presentación obligatoria de un informe de gestión contable y balance de comprobación mensual ante la Secretaría de esta Instancia Judicial, mientras se mantenga en vigencia la medida cautelar acordada.