Sala ElectoralDerecho ElectoralSentencia

Sentencia Nº 097 - Sala Electoral

Fecha de Sentencia29 de octubre de 2026
Magistrado PonenteFanny Beatriz Márquez Cordero
N° de Expediente2026-000019
N° de Sentencia097

Ratio Decidendi / Doctrina Aplicable

"Asunto/Partes: Por recibido el oficio N° 30-04-2026 de fecha 27 de abril de 2026, emanado del Tribunal Vigésimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remitió recurso contencioso electoral con medida cautelar, interpuesta por la ciudadana TIZIANA MARÍA RANZOLIN C., titular de la cédula de identidad N°. V-10.334.547 en el alegado carácter de propietaria de un apartamento ubicado en las RESIDENCIAS TAMANACO, Urb. El Llanito, del Municipio Sucre estado Bolivariano de Miranda, asistida por el abogado Juan Laguardia M., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 279.375, contra la Asamblea General de Copropietarios realizada en fecha 12 de marzo de 2026, conforme al cual, el mencionado Juzgado dictó Sentencia en fecha 16 de abril de 2026 declarando su incompetencia y declinó el conocimiento en esta Sala.. La Sala Declaró: 1.- INADMISIBLE el recurso interpuesto por INEPTA ACUMULACIÓN DE PRETENSIONES, en virtud de haber realizado en un mismo escrito solicitudes que por la materia corresponden a Jurisdicciones distintas. 2.- INOFICIOSO emitir pronunciamiento sobre la medida cautelar de suspensión de efectos..."

La Sala Declaró: 1.- INADMISIBLE el recurso interpuesto por INEPTA ACUMULACIÓN DE PRETENSIONES, en virtud de haber realizado en un mismo escrito solicitudes que por la materia corresponden a Jurisdicciones distintas. 2.- INOFICIOSO emitir pronunciamiento sobre la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada.