Sala ElectoralDerecho ElectoralSentencia

Sentencia Nº 110 - Sala Electoral

Fecha de Sentencia29 de octubre de 2026
Magistrado PonenteInocencio Antonio Figueroa Arizaleta
N° de Expediente2020-000010
N° de Sentencia110

Ratio Decidendi / Doctrina Aplicable

"Asunto/Partes: Los ciudadanos LUIS FERNANDO GONZÁLEZ TOVAR, JUAN CARLOS TOVAR BOLÍVAR, JOSÉ GREGORIO CASTELLANO MEDINA y AMIR HOMSY MEDINA, titulares de la cédula de identidad Nros V-10.355.468, V-13.412.633, V-6.326.509 y V-11.090.565, respectivamente, en su condición de representantes de la organización sindical Sindicato de Trabajadores de la Industria de Cerámica, Fibras, sus Similares y Conexos del estado Aragua (SINTRACER-ARAGUA), representados en este acto por la abogada Marigle Soledad Torres Calatayud, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 177.626, en su carácter de Defensora Pública Auxiliar Segunda (2.ª), interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones de la referida organización sindical.. La Sala declaró: ACUERDA SOLICITAR al Registro Nacional de Organizaciones Sindicales (RNOS) con sede en el Estado Aragua, que informe a esta Sala Electoral respecto a quiénes son las personas acreditadas ante ese órgano administrativo y para qué período fueron electas como autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Industria de Cerámica, Fibras, sus Similares y Conexos del Estado Aragua (SINTRACER-ARAGUA). (Vid., la sentencia Nro. 020 del 27 de marzo de 2026, caso: Luis Ramón Franco y otros). Así se..."

La Sala declaró: ACUERDA SOLICITAR al Registro Nacional de Organizaciones Sindicales (RNOS) con sede en el Estado Aragua, que informe a esta Sala Electoral respecto a quiénes son las personas acreditadas ante ese órgano administrativo y para qué período fueron electas como autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Industria de Cerámica, Fibras, sus Similares y Conexos del Estado Aragua (SINTRACER-ARAGUA). (Vid., la sentencia Nro. 020 del 27 de marzo de 2026, caso: Luis Ramón Franco y otros). Así se decide.