El Fondo Único Social no podrá dar garantías, emitir títulos ni realizar operaciones que impliquen endeudamiento, sin la autorización del Presidente de la República en Consejo de Ministros.
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El Fondo Único Social no podrá dar garantías, emitir títulos ni realizar operaciones que impliquen endeudamiento, sin la autorización del Presidente de la República en Consejo de Ministros.