Artículo 86

Artículo 86Ley de Aeronautica Civil

Las empresas que realicen actividades aeronáuticas o conexas con éstas, participarán con el Estado en el desarrollo del sector mediante la transferencia de nuevas tecnologías o con los aportes necesarios para la ejecución de proyectos científicos, técnicos o educativos que permitan el fortalecimiento de la aeronáutica nacional, de acuerdo con las necesidades establecidas por el Consejo Aeronáutico Nacional y la Autoridad Aeronáutica. Estructura educacional aeronáutica