El Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales ejercerá la supervisión de los centros de conservación ex situ de los recursos biológicos a que se refiere el artículo anterior.
Ley de Diversidad Biologica
especial
Artículo 36
especial
El Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales ejercerá la supervisión de los centros de conservación ex situ de los recursos biológicos a que se refiere el artículo anterior.