El Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales, en coordinación con el Ministerio de Ciencia y Tecnología y con la participación de las comunidades locales, promoverá el estudio y la identificación de las tecnologías apropiadas para la conservación y uso sustentable de la diversidad biológica. DE LA DISTRIBUCIÓN DE LOS BENEFICIOS GENERADOS
Ley de Diversidad Biologica
especial
Artículo 71