LOAP

administrativo

Artículo 37

Artículo 37LOAP

Los funcionarios o funcionarias del órgano al cual se haya delegado una atribución serán responsables por su ejecución. Los actos administrativos derivados del ejercicio de las atribuciones delegadas, a los efectos de los recursos correspondientes se tendrán como dictados por la autoridad delegante. La delegación de gestión