El Ejecutivo Nacional por órgano del Ministerio de la Defensa, dispondrá todo lo relativo al ceremonial que ha de observarse al arribo de buques de guerra extranjeros, salvo lo estipulado en acuerdos internacionales.
especial
El Ejecutivo Nacional por órgano del Ministerio de la Defensa, dispondrá todo lo relativo al ceremonial que ha de observarse al arribo de buques de guerra extranjeros, salvo lo estipulado en acuerdos internacionales.