LOPCMAT

laboral

Artículo 20

Artículo 20LOPCMAT

Son atribuciones del Directorio del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales las siguientes: 1. Aprobar los proyectos de normas y regulaciones técnicas relativas a la salud, seguridad y condiciones y medio ambiente de trabajo, a ser propuestas al Ministerio con competencia en materia de seguridad y salud en el trabajo. 2. Diseñar y proponer al Ministerio con competencia en materia de seguridad y salud en el trabajo, el componente de salud, seguridad, condiciones y medio ambiente de trabajo, y del Proyecto de Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. 3. Discutir y aprobar el proyecto de presupuesto anual del Instituto, y conocer los informes y balances periódicos. 4. Aprobar las guías técnicas de prevención. 5. Aprobar el Reglamento Interno del Instituto. 6. Discutir las materias de interés que presente su Presidente o Presidenta o cualquiera de sus miembros. Incompatibilidad