Las actividades que tengan incidencia espacial e impliquen acciones de ocupación del territorio, a ser ejecutadas por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, deberán estar ajustadas a los Planes de Ordenación del Territorio previstos en esta Ley. A tal efecto, las autoridades encargadas del control de la ejecución de los Planes de Ordenación del Territorio, dentro de sus respectivas competencias, otorgarán o negarán la correspondiente Constancia de Uso Conforme. Naturaleza y Alcance de la Constancia de Uso Conforme