LOPGOT

especial

Artículo 76

Artículo 76LOPGOT

Para la elaboración del Plan Regional de Ordenación del Territorio, se creará la Comisión Regional de Ordenación del Territorio, presidida por la Organización Regional de Planificación, y conformada por los representantes de los gobernadores o gobernadoras y de los máximos representantes de los organismos del Ejecutivo Nacional con representación en cada uno de los estados que integran la región. Aprobación del Plan