El control de la ejecución del Plan Estadal de Ordenación del Territorio corresponde al gobernador o gobernadora del respectivo estado, con la asesoría de la correspondiente Comisión Estadal de Ordenación del Territorio. En ejercicio de estas facultades de control, los funcionarios competentes realizarán las actividades necesarias para garantizar el cumplimiento de las previsiones del Plan Estadal de Ordenación del Territorio y, en particular, otorgarán o negarán las Constancias de Uso Conforme previstas en esta Ley, e impondrán las sanciones administrativas correspondientes en caso de incumplimiento o violación a las disposiciones del Plan Estadal de Ordenación del Territorio. Constancia de Uso Conforme Estadal